Radio Municipal de Adra

bannersaboreando

 bannerescuelafamilias24

 senda

  banerayun2 

corresponsables

  

culturayturismo deportes
  banerempleo2 medioambiente

Canal de denuncias Antifraude

El Ayuntamiento de Adra y sus organismos autónomos, en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, crea el canal de denuncias antifraude para que cualquier persona, pueda presentar una denuncia cuando en un contexto laboral o profesional detecte acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del derecho de la Unión Europea o bien que sean constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, conforme a la citada Ley.

  canaldenuncias2

Principios esenciales

Los principios básicos que rigen el funcionamiento del canal de denuncias son:

  • Garantizar la confidencialidad a quienes utilicen el canal de denuncias.
  • Proteger de posibles represalias a quienes realicen denuncias de buena fe.
  • Aceptar las denuncias anónimas.
  • Permitir al personal solicitar asesoramiento por este canal.
  • Asegurar, para todas las denuncias recibidas, una adecuada gestión de carácter independiente y confidencial conforme al procedimiento de funcionamiento del canal de denuncias.
  • El compromiso de llevar a cabo los procesos disciplinarios, sancionadores y judiciales, según corresponda, hasta la resolución de los mismos con el objetivo de reprochar proporcionalmente las conductas contrarias a la legalidad o normativa y procedimiento

¿Qué puedo denunciar?

  1. Cualquier acción u omisión que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, en los términos establecidos en el artículo 2,1 a) de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
  2. Cualquier acción u omisión que pueda ser constitutiva de infracción penal o administrativa grave o muy grave. Se entienden comprendidas todas aquellas que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

¿Quién puede denunciar?

Cualquier persona física, comprendiendo en todo caso:

  1. Personas que tengan la condición de empleados públicos o trabajadores por cuenta ajena.
  2. Los autónomos.
  3. Los accionistas, partícipes y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de una empresa, incluidos los miembros no ejecutivos.
  4. Cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores.
  5. Voluntarios, becarios, trabajadores en periodo de formación con independencia de que reciban o no una remuneración.
  6. Cualquier persona cuya relación laboral aún no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones se obtenga durante el proceso de selección o de negociación precontractual.

¿Cómo y dónde puedo realizar una denuncia?

Todas las denuncias podrán ser anónimas o con identificación del denunciante.

Las denuncias ante el Ayuntamiento de Adra, pueden ser anónimas o con identificación del denunciante y se pueden presentar:
De forma TELEMÁTICA a través de este:
https://ayuntamientoadra.asesorconfidencial.com

Las denuncias telemáticas se pueden presentar de forma anónima o con identificación del denunciante
Una vez presentada la comunicación mediante el enlace, las personas obtienen un acuse de recibo del envío que incorpora un código alfanumérico que sólo ellas conocerán y que será la única vía para poder acceder de nuevo a su comunicación (ya sea para consultar el estado de su tramitación, ya sea para aportar más información…).
El código es el único modo de acceder a este canal, y es responsabilidad del comunicador conservarlo.
Este canal seguro de comunicación electrónica, que garantiza la confidencialidad de las comunicaciones y ofrece la posibilidad de preservar el anonimato, permite mantener la colaboración con el órgano gestor en la comprobación de los hechos y conocer el estado de tramitación de la comunicación aún en los casos en que la persona comunicante sea anónima.
La falta de respuesta a los requerimientos de información formulados a través del buzón puede dar lugar al archivo de las actuaciones.

 

Canales Externos de Denuncia

Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción.

Mediante resolución de 20 de marzo de 2023 de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción (enlazar al BOJA), por la que se crea y se ordena la puesta en funcionamiento del canal externo de información (Canal de Denuncias).

  • La dirección electrónica de este canal externo de denuncias es: https://buzon.antifraudeandalucia.es
  • Se podrá formular la denuncia a través de los enlaces habilitados en el portal web: www.antifraudeandalucia.es

¿Qué debe contener la denuncia?

La denuncia debe contener los hechos, argumentos que la fundamentan y puede acompañarse de los documentos que puedan servir de soporte, si los hubiere.


¿Cómo puede terminar la denuncia?

Tras las conclusiones alcanzadas en la instrucción, una vez finalizadas las actuaciones realizadas, con el fin de comprobar la verosimilitud de los hechos, emitido informe por los órganos o unidades competentes y las alegaciones de la o las personas afectadas, el Responsable del Sistema, en un plazo no superior a tres meses, salvo casos de especial complejidad, en los que se amplíe el plazo hasta un máximo de otros tres meses, adoptará alguna de las siguientes decisiones:

  • Archivo del expediente, que será notificado al informante, y en su caso a la persona afectada. En estos supuestos, el informante tendrá derecho a la protección prevista en esta Ley.
  • Remisión de información al Ministerio Fiscal o a la Fiscalía Europea, cuando los hechos puedan ser constitutivos de delito o afecten a los intereses financieros de la Unión, respectivamente.
  • Traslado de todo lo actuado al órgano superior o directivo que se considere competente para su tramitación.
  • Adopción de acuerdo de inicio de procedimiento sancionador.

PROTECCIÓN DE DATOS

En cumplimiento de la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal contenida en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, le informamos que el responsable de los datos personales obtenidos a través del presente Sistema Interno de Información o Canal Ético es Ayuntamiento de Adra.

Denominación: AYUNTAMIENTO DE ADRA
CIF: P0400300J
Domicilio Social: Calle Puerta del Mar, 3 – 04770 Adra (Almería)

Finalidad del Canal de Denuncias.

Este canal ético o Sistema Interno de Información es confidencial y/o anónimo y va dirigido a empleados, clientes y otros grupos de interés vinculados a la entidad.
Su objetivo es dar una respuesta rápida y adecuada a cualquier duda, discrepancia o irregularidad en el cumplimiento de la legislación vigente, de nuestras políticas y normas internas y de los compromisos voluntariamente adquiridos por el Ayuntamiento de Adra.
El Sistema puede ser utilizado para comunicar cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión, así como para comunicar cualesquiera acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, así como para comunicar en general cualquier incumplimiento normativo del que sea conocedor.
Los datos personales se recaban con la finalidad de dar trámite a la denuncia y/o comunicación presentada e investigar los hechos que se comuniquen, siguiendo el procedimiento establecido para el canal habilitado a estos efectos y que puede consultar en la Política del Canal Ético.

Tratamiento de los Datos Personales.

Los datos personales proporcionados se conservarán en el Sistema Interno de Información únicamente durante el tiempo imprescindible para decidir sobre la procedencia de iniciar una investigación sobre los hechos informados.
Si los datos comunicados van referidos a conductas que no estén incluidas dentro del ámbito de actuación de este Sistema, dichos datos serán suprimidos de forma inmediata.
Si se acredita que la información facilitada o parte de ella no es veraz se procederá a su inmediata supresión, salvo que dicha falta de veracidad pueda constituir un ilícito penal, en cuyo caso se guardará la información por el tiempo necesario durante el que se tramite el procedimiento judicial.
En todo caso, transcurridos tres meses desde la recepción de la denuncia/comunicación sin que se hubiesen iniciado actuaciones de investigación, se procederá a la supresión de los datos personales, salvo que la finalidad de su conservación sea dejar evidencia del funcionamiento del sistema.
Las comunicaciones/denuncias a las que no se haya dado curso constarán únicamente de forma anonimizada, sin que sea de aplicación la obligación de bloqueo prevista en el art. 32 de la L.O. 3/2018, de 5 de diciembre.


Legitimación.

La legitimación para el tratamiento de datos se basa en la obligación legal aplicable al responsable de tratamiento, en virtud de lo establecido en el artículo 6.1.c) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y 11 de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, o, en su caso, por una misión de interés público para el control de riesgos sobre incumplimientos en el seno de la entidad.

Destinatarios.

Los datos personales serán exclusivamente utilizados para el fin expuesto en Sistema Interno de Información, teniendo acceso a la información remitida, únicamente la persona física que haya sido nombrada como Responsable del Sistema Interno de Información o Canal de Denuncias.
Ayuntamiento de Adra y su Responsable del Sistema no comunicarán ni cederán los datos personales a terceros, salvo obligación legal, en cuyo caso su información estará a disposición de las Administraciones Publicas, Jueces y Tribunales, y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, para la atención de posibles responsabilidades.

Derechos

En todo momento el usuario podrá ejercitar sus derechos de acceso a sus datos personales, rectificación, supresión (derecho al olvido), limitación de tratamiento, oposición, portabilidad y a no ser objeto de decisiones individualizadas.
En determinadas circunstancias, el interesado podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos en cuyo caso únicamente serán conservados para el ejercicio o defensa de las reclamaciones.
Para ejercitar sus derechos el interesado podrá dirigir un escrito a PLAZA DEL MAR N. 3, CP. 04770, ADRA, (ALMERÍA) o también puede enviar un email a Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla , adjuntando documento que acredite su identidad. Además, la persona interesada puede dirigirse a la Autoridad de Control en materia de Protección de Datos (www.aepd.es) competente para obtener información adicional o presentar una reclamación.

Procedimiento de Gestión

There are no upcoming events currently scheduled.
Ver el Calendario Completo
Eventos
Marzo 2024 Abril 2024 Mayo 2024
Lu Ma Mi Ju Vi Do
1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30